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PRECIO DE GAS INFERIOR A LA TUR PARA TODO EL 2024

 Para administradores de fincas. Durante todo el año 2024

TUR RL5 = 47,358 euros/MWh*

FIJO 2024 = 45,358 euros/MWh*

  Sin penalizaciones por exceso de consumo según  histórico

 *No incluye impuestos

Con CO2 Ingenieria 3.0  lo puedes tener  www.cooi3.es


Inscrita en el Listado de Proveedores de Servicios Energéticos que contempla el RD 56/2016 de 12 de febrero, conforme a los requisitos que dicho Real Decreto establece en su artículo 7. Puede comprobarse en la siguiente dirección electronica: Aquí

CO2 Ingeniería 3.0 es una marca comercial perteneciente a     ISECOTEC INGENIERIA,S.L.,      CIF B01583525

CAMBIOS REGULATORIOS TARIFAS ELECTRICAS 2024

El pasado 27 de diciembre, el Gobierno aprobó un nuevo Real Decreto-ley (8/2023) que suponía, a partir del 1 de enero de 2024 , la retirada gradual de las medidas urgentes y extraordinarias aprobadas en el año 2022 en el ámbito de la energía.

Esta situación y sus consecuencias no dependen de la comercializadora contratada y los cambios que se verán reflejados en tus facturas y son comunes a todos los clientes del mercado energético.

Como parte de nuestro compromiso con la eficiencia energética queremos trasladar con total claridad cómo te afecta este Real Decreto-ley y la retirada de las medidas.

¿Qué ha cambiado? (1)

v   Se elimina el cargo por el ajuste al precio del gas. 

v   Se actualizan los precios de los peajes y los cargos. Estos conceptos son costes que pagamos entre todos los usuarios de la red eléctrica a nivel nacional para costear su mantenimiento. La actualización afectará directamente al precio regulado de la potencia y la energía de tus facturas con periodo de facturación a partir del 1 de enero de 2024. 

v    Se mantiene un IVA reducido, pero sube de un 5% a un 10%. 

v  El Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE), aunque sin llegar a niveles previos al 2022 (5,113%), aumenta gradualmente:

                             -De un 0,5% a un 2,5% hasta el 31 de marzo 

   -De un 2,5% a un 3,8% hasta 30 de junio. 

 

v El Bono Social se reduce notablemente desde 1,1€/mes a 0,19€/mes (aproximadamente).

 

 

(1) Otros costes del sistema eléctrico como la RAD o el FNEE se actualizarán durante el año conforme se publiquen en el BOE.

Respuesta Activa a la Demanda (RAD): un coste que paga cualquier usuario para Red Eléctrica para garantizar el equilibrio entre generación de energía y demanda. 

Fondo Nacional de Energía Eléctrica (FNEE): un coste derivado para proyectos de sostenibilidad.

PRORROGA PARA LAS COMUNIDADES DE VECINOS DURANTE EL PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2024. LA TUR COSTARÁ MAS.

El Gobierno manifestó su intención de prorrogar la vigencia de la Tarifa TUR de gas en 2024. La Secretaria de Estado de Energía en funciones, Sara Aagesen, comentó que la intención es prorrogar la medida de la TUR y la TUR Vecinal. 
Hasta julio de 2023, el gasto había sido de 644 millones de euros, por lo que podrían haber fondos disponibles para afrontar una prórroga de la Tarifa TUR en 2024. La Tarifa TUR o Tarifa de Último Recurso de gas natural son contratos regulados por el Gobierno, más económicos que los del mercado libre. Esta tarifa de gas tenía una limitación de 50.000 kWh anuales de consumo, hasta que en octubre de 2022 se amplió el límite para poder acoger a las comunidades de propietarios bajo el paraguas de la TUR. 
Si las comunidades de propietarios con Tarifa TUR continúan con un contrato regulado en 2024, recibirán una penalización en sus facturas hasta que den el paso al mercado libre. El Gobierno aplicará una tarifa transitoria para el gas hasta que se produzca este cambio. De cara a 2024, se ha dado una prórroga en los valores de la TUR de las comunidades de vecinos o vecinal, de cara al primer semestre del año, y su término variable contará con un aumento de entre un 5,17% y un 7%.

DOCUMENTACION PARA LOS PROYECTOS AUTOCONSUMO


  1. Trabajamos para todo tipo de clientes particulares, administraciones, industriales, comercializadoras instaladores. 
  2. Si has pensado que la documentación, legalización lleva mucho tiempo y es un trabajo infructuoso ahora puedes externalizarlo. 
  3. Llámanos y te haremos un presupuesto a medida en base a tu volumen.

 

MEJORAR COSTES ENERGETICOS YA ES UNA OBLIGACION HOY EN DIA

El incremento de costes de GAS canalizado debido a la situación geopolítica y la falta de suministro ha hecho que la energía nos cueste más de cuatro veces en el último año. Para minimizar estos costes actuamos como correduría energética proponiendo la mejor opción para cada situación.


Somos asesores energéticos y, estamos especializados en la búsqueda constante del ahorro.

Nuestra labor consiste en detectar las causas por las que su factura les produce pérdidas económicas para encontrar la mejor oferta y la mejor tarifa para cada cliente. Eliminamos cualquier gasto innecesario, y gestionamos todos los trámites frente a las compañías eléctricas.

Somos conscientes de la diversidad de ofertas en el mercado y la complejidad de la información que se maneja.

Facilitamos a nivel individual la posibilidad de reducir los costes de su factura de Gas y Electricidad. 

También Solucionamos a la comunidad de propietarios este problema con un estudio personalizado SIN COSTE que incluye los siguientes conceptos:

 üPropuesta comparativa multimarca de empresas energéticas, ofertas y tarifas más competitivas.

ü Revisamos equipos instalados y buscamos las potencias mínimas a contratar.

ü  Eliminamos costes de energías reactivas.

Para ello realizamos;

ü  Estudio de consumos y períodos.

ü  Optimización de potencias contratadas.

ü  Búsqueda de comercializadora y propuesta de ahorro.

ü  Revisión anual del mercado y nueva propuesta de mejora.


Rellena nuestro cuestionario (escanea el código QR), envíanos una factura reciente y realizaremos un estudio personalizado que le permitirá conseguir el máximo ahorro.

También puedes acceder AQUI

AUTOCONSUMO COMUNITARIO COMPARTIDO

 


Actualmente en estudio para 5 portales en Zabalgana.

La instalación inyecta en la red la energía producida y la Cia distribuidora, Iberdrola, a través del contador conoce la cantidad de KW inyectados en la red y realiza el reparto entre los vecinos adscritos a la instalación bajo un acuerdo firmado en la comunidad.

No es necesario que todos los vecinos pertenezcan a la misma compañía comercializadora y sería la Cia distribuidora la que repartiría en base al acuerdo comunitario de compartición de la instalación los kilowatios inyectados en la RED.

VENTAJAS

-Toda la energía generada se aprovecha y es independiente de la hora de consumo. -El valor del Kw inyectado es el mismo que el consumido. -Menor coste por vecino.




¿Por que ISECOTEC INGENIERIA recomienda instalar paneles solares?

 Un gran número de viviendas y comunidades de propietarios con gastos de electricidad mensuales de más de €100 podrían ahorrar dinero instalando paneles solares en sus viviendas.

Razones ?

a)    Cambiarse a la energía solar es más barato que nunca

b)    Con paneles solares, ¡podrían reducir tus facturas energéticas hasta un 50%!

c)     Los propietarios de casas españoles con facturas de energía de más de ‎€100 pueden aprovecharse de estos increíbles ahorros.

d)    La nueva LEY DE AUTOCONSUMO SOLAR beneficia al consumidor y lo compensa por la energía generada y no consumida!

Las 3 razones principales para pasarse a la energía solar

 

1.     Reduce tus facturas de electricidad - la luz del Sol es gratis. Por eso, enseguida verás los resultados.

2.     Deja de depender de la red - los precios de la electricidad tradicional pueden fluctuar porque van en función de los combustibles fósiles, recursos que son limitados. Al salir de la red evitarías cambios impredecibles y ahorrarías en costes.

3.     Derrocha menos electricidad - si te pasas a la energía solar podrías mejorar tu eficiencia energética.

 

El coste de la vida sigue aumentando.

Si instalas paneles solares podrías reducir enormemente tu factura de electricidad o incluso no pagar nada.

Reducir el importe de la factura eléctrica se traduce en un descenso en tu coste de vida.

¡Por este es el motivo muchos españoles se están pasando a la energía solar!

También, gracias a los incentivos del gobierno podrías ahorrar un montón de dinero en costes de instalación.

La nueva ley solar beneficia al consumidor: le quita de impuestos, le compensa por energía no consumida. ¡E incluso reduce el tiempo de instalación casi a la mitad!

Energía solar: es el futuro de la energía de bajo costo

La energía solar es fiable… ¡porque la luz del Sol siempre va a estar ahí!

Los paneles solares fotovoltaicos dependen de que haya luz, no de que dé el sol, ¡así que no te preocupes si está nublado!

Cada vez más españoles están instalando paneles solares; de hecho, España es uno de los países líderes del mundo en cuanto a generación y producción de energía solar.

El número de instalaciones ha llegado a aumentar mucho desde el año pasado. Y la energía solar es la fuente con mayor crecimiento en los últimos años.

¿Lo sabía?

Si su factura energética es mayor de 100€/mes puede beneficiarse mejor de un panel solar en su casa.

En la mayoría de las comunidades autónomas ya se aplica una reducción asociado del coste de IBI del 50%

La subvenciones en residencial para viviendas y comunidades de propietarios llegan a alcanzar el 50% a fondo perdido en municipios de menor de 5000 habitantes

¿Cómo puedo empezar a ahorrar con la energía solar?

 

Isecotec presta su apoyo a los programas de incentivo al autoconsumo fotovoltaico  a  propietarios de viviendas unifamiliares  interesadas en implantar reducir su coste energético.

Los propietarios de viviendas unifamiliares podrán disponer del apoyo técnico de ISECOTEC y buscar financiación a través de los programas de ayuda aprobados por el RD 477/2021.

El enlace de descarga del cuestionario para propietarios de viviendas unifamiliares está disponible aquí.

Asimismo en nuestra  página web podrán ampliar toda la información. En cualquier caso pueden ponerse en contacto con nosotros por teléfono ó mediante el cuestionario de la web www.isecotec.es.

Las ayudas destinadas a las administraciones tienen plazo de finalización en la primera semana de mayo.

Han pasado ya dos años desde la  entrada en vigor de la LEY de sostenibilidad energética y la mayoría de municipios todavía no la han aplicado pese a los plazos de 1 y 2 años que se exigen en la Ley para comienzo de su cumplimiento.

 El RD 254/2020, de 10 de noviembre se publica para aclarar flecos sueltos en la definición de la Ley a finales del pasado año.

Plazo; Fecha límite solicitud: 07/05/2021

Los gastos correspondientes a la anualidad de 2021 deberán ejecutarse antes del 19 de noviembre de 2021, y los correspondientes a la de 2022, antes del 8 de julio de 2022.

 Son ayudas destinadas para facilitar el cumplimiento de los requisitos relacionados con la LEY de Sostenibilidad en vigor en el Pais Vasco desde Abril 2019;

1. Elaboración de inventarios energéticos de edificios y equipamientos, parque móvil e instalaciones de alumbrado público, control de consumos, auditorías energéticas, certificados de eficiencia energética, planes de actuación energética y planes de movilidad urbana. 
2. Equipos de monitorización, programación horaria, control remoto y otros medios similares destinados a adecuar la energía consumida a la demanda real. 
3. Equipamiento de iluminación solar
4. Instalaciones y equipamiento de aprovechamiento de energías renovables, incluyendo tanto sistemas de aprovechamiento térmico como de generación eléctrica: energía solar térmica, energía solar fotovoltaica, minieólica, biomasa, geotermia y minihidráulica. 
5. Estudios de viabilidad y redacción de proyectos técnicos de instalaciones para el aprovechamiento de la energía solar térmica, energía solar fotovoltaica, minieólica, biomasa, geotermia y minihidráulica, así como de infraestructuras de recarga eléctrica para uso público. 
6. Instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos, incluidas bicicletas. Los puntos de recarga estarán destinados al uso público o al servicio de la flota propia de la entidad beneficiaria. 
7. Adquisición de vehículos eléctricos incluidas bicicletas eléctricas, para flotas de uso y titularidad de las entidades públicas.

INDUSTRIA VASCA ESTA AFECTADA POR LA LEY DE SOSTENIBILIDAD 4/2019 SI EL CONSUMO ANUAL SUPERA 5,8 GW

Las empresas pertenecientes a uno de estos sectores están obligadas a cumplir con la LEY de sostenibilidad 4/19.

El límite marcado de 500 tep supone 5.8 GW de consumo energético anual el cual no deja exento de su aplicación a un gran porcentaje de empresas vascas.



• Grupo B: Industrias extractivas.
• Grupo C: Industria manufacturera.
• Grupo D: Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado.
• Grupo E: Suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos y 
descontaminación.
• Grupo F: Construcción.

CLASIFICACION EMPRESAS

Se considerarán del Tipo I2, las empresas del sector industrial, que no

perteneciendo al Tipo I1, tengan un consumo energético total anual superior a 500

 toneladas equivalentes de petróleo (tep).


Tipo I1: grandes empresas, grandes industrias de conformidad con lo establecido

 en el Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero.

Se entiende por gran empresa tanto las que ocupen al menos a 250 personas

 como las que, aun sin cumplir dicho requisito, tengan un volumen de negocio que

 exceda de 50 millones de euros y, a la par, un balance general que exceda de 43

 millones de euros. De igual modo, será también de aplicación a los grupos de

 sociedades, definidos según lo establecido en el artículo 42 del Código de

 Comercio, que, teniendo en cuenta las magnitudes agregadas de todas las

 sociedades que forman el grupo consolidado, cumplan los referidos requisitos de

 gran empresa.


Tipo I2: quedarían incluidas en este colectivo todas aquellas empresas que no

 pertenezcan al tipo I1 y cuyo consumo energético total anual a la entrada en vigor

 de esta ley sea mayor a 500 toneladas equivalentes de petróleo (tep).

Para el cálculo de dicho consumo, se considerará el total de energía final

 consumida por el conjunto de sus edificios, instalaciones y parque móvil ubicados

 en el territorio de la Comunidad Autónoma Vasca, que formen parte de las

 actividades industriales, comerciales y de prestación de servicios que dichas

 empresas gestionan en el desarrollo de su actividad económica.

RD 1106/20 Estatuto Consumidores Electrointensivos

Aplicable a las subvenciones que se convoquen anualmente en concurrencia competitiva para este fin hasta la fecha de finalización de la vigencia de las Directrices sobre ayudas estatales en materia de protección del medio ambiente y energía 2014-20 (EEAG, en consulta previa).

Para presentar las solicitudes se dispondrá de 30 días hábiles, a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE. (véase como referencia Resolución de 04/12/20, días inhábiles en el ámbito de la AGE para el año 2021).


Requisitos principales:

  • Consumidores que contraten su energía en el mercado eléctrico. En territorios no peninsulares, por participación en despacho técnico (RD 738/15)
  • Consumo, durante al menos dos de los tres años anteriores > 1 GWh y a la vez consumo en periodo tarifario valle, al menos del 50% de la energía total consumida. Según detalla el art. 6, la verificación de los requisitos de consumo se realizará a partir de las medidas del concentrador principal de medidas (RD 1110/07).
  • Periodos tarifarios, apartado 3.3 del Anexo II de la Orden ITC/2794/2007, y, a partir de su aplicación efectiva, los establecidos en la Circular 3/2020.
  • El consumo anual…incorporará todo el consumo eléctrico, incluido el autoconsumo.
  • Sector manufacturero incluido en el anexo (p. 35), coincidente con el anexo 3 de la Comunicación de la Comisión Europea 2014/C 200/01, sobre “Directrices sobre ayudas estatales en materia de protección del medio ambiente y energía 2014-2020” (se excluyen del anexo 3 las industrias extractivas).
  • Cociente durante al menos dos de los tres años anteriores entre el consumo anual y el valor añadido bruto > 1,5 kWh/€. Este valor se revisará anualmente para adaptarlo al precio medio del mercado eléctrico del año anterior.
  • Estar válidamente constituidas conforme a la normativa en vigor.
  • Si no se disponen de datos de ejercicios anteriores por ser de nueva creación podrán acreditar los requisitos b) y d) con base en proyecciones (véase art. 4, pág.8).
Obligaciones:

1. Consumo predecible. Precisión de su programa horario de consumo > 75% en media mensual. Disponer de los equipos que permitan al OS contar con la información de su consumo y verificar su cumplimiento.
2. Disponer, en 2 años desde la entrada en vigor del RD, un Sistema de Gestión de la Energía auditado y certificado según UNE-EN ISO 50.001:2018. 
3. Realizar, al menos cada 4 años, las actuaciones derivadas de la auditoría energética económicamente rentables (periodo de recuperación simple de la inversión <= a 3 años).  Informará de las medidas implantadas en el año en curso, los ahorros de energía final, (anexo V de la Directiva 2012/27) y CO2eq evitado.
4. informará sobre los proyectos de I+D+i relacionados con mejora de eficiencia energética.
5. Una vez entre en vigor el mecanismo de cobertura de riesgos para los contratos a plazo, acreditar en 1 año desde su certificación como consumidores electro intensivos, la contratación de, al menos, un 10% de su consumo anual de electricidad mediante instrumentos a plazo, directa o indirectamente, con una duración mínima de 5 años y salvaguardando los contratos que ya hubieran suscrito con anterioridad. Se exime a las PYME (anexo I del Reglamento 651/14).
6. Mantener la actividad productiva al menos 3 años, a partir de la fecha de concesión de los mismos, salvo en determinados supuestos.

Enlaces de interés;

LEY DE SOSTENIBILIDAD ENERGETICA 4/2019. ADMINISTRACIONES

La obligación de cumplir con la Ley de sostenibilidad nace el 4/2019 y todas las administraciones de los territorios históricos y de los municipios deberán aprobar sus respectivos planes de actuación energética en el plazo de un año. Solo los ayuntamientos con un número de habitantes inferior a 5.000 podrán acometer planes de actuación energética en un plazo de dos años.


El primer paso al que obliga la Ley es el de realizar un estudio previo de sostenibilidad energética sobre el estado de cumplimiento en el que valorarán además aspectos como el estado de la implantación de las energías renovables en edificios e infraestructuras y de la movilidad urbana a efectos del consumo energético revisando las alternativas de transporte y políticas de impulso municipal par adecuarse a los requisitos de la LEY. También se requiere incluir en este estudio la evaluación del alumbrado público exterior.

La Ley exige entre otras cosas (Enlace directo EVE);

Inventario edificios e instalaciones consumidores de energía

Debe incluir superficie útil y construida en m2, su calificación energética y el consumo y gasto energético de cada edificio en el plazo de un año.

Control de consumos

Se deberá disponer en el plazo de un año de contadores de energía eléctrica con capacidad de telemedida, de registro y de transmisión de curva de carga en periodos inferiores a una hora. La información obtenida por los contadores estará disponible, al menos diariamente, de manera centralizada para todos los edificios e instalaciones.

Control del consumo de energía por edificio,

Incluirá todos los consumos de todas las energías utilizadas y su coste económico, se realizará al menos una vez al año y con base mensual.

Auditorías energéticas

A los edificios de las administraciones públicas vascas con una potencia térmica superior a 70 kW en el plazo de dos años.

Utilización de energía procedente de fuentes

100% de la energía adquirida debe ser de origen renovable a partir de la entrada en vigor de la Ley año 2019.

Renovables

Para el año 2030 que, en el conjunto de sus edificios, el 32% del consumo debe proceder de energías renovables.

Planes de actuación energética

Aprobar plan de actuación energética en el plazo de un año. Los ayuntamientos con un número de habitantes inferior a 5.000 podrán acometer planes de actuación energética mancomunados o de ámbito comarcal, para lo cual contarán con un plazo de dos años.

Todos los consumidores podrían reducir su potencia eléctrica contratada durante el estado de alarma.


Los negocios que se han paralizado por culpa del coronavirus pueden beneficiarse en la factura eléctrica a través del término de potencia, uno de los mayores costes de los recibos eléctricos de las empresas.

Si Ud. va a bajar actividad ó cerrar su negocio durante un período de tiempo  puede minimizar los costes eléctricos mediante la reducción del término de potencia contratada al máximo.

CO2 Ingeniería 3.0 como empresa de servicios energéticos registrada quiere poner su granito de arena para ayudar a las Pymes y autónomos a superar esta crisis del CORONAVIRUS.

Realizamos las gestiones necesarias para el ajuste de la potencia contratada durante la crisis de forma totalmente gratuita.

Mediante un pequeño estudio de sus consumos y  sus indicaciones de actividad  , podemos definir el nivel bajo de potencia necesaria mientras el negocio esté parado ó con baja actividad.
https://cooi3.es/contact/
Todo este proceso se realiza a distancia sin tener que desplazarnos a su negocio.
En la actualidad, un consumidor únicamente puede reducir o subir potencia una vez al año, cada 12 meses, según la normativa, pero las cinco grandes distribuidoras eléctricas han pactado ir de la mano para apoyar a todos los consumidores de la luz de España,  durante la crisis del coronavirus, pero es necesario solicitarlo.
Esta medida probablemente se alargará en otros 15 días más. El Congreso de los Diputados tiene que votar el próximo 25 de marzo si extender en otras dos semanas esta situación de estado de alarma, y lo más probable es que se extienda.

OBLIGACIONES DERIVADAS DE LEY SOSTENIBILIDAD PAIS VASCO 4 /2019


    La ley vasca de Sostenibilidad Energética en la industria afecta a un amplio rango de empresas y sectores

Aquellas que tengan un consumo energético final superior a 500 toneladas equivalentes de petróleo (tep) anuales y se encuentren en alguna de las siguientes actividades, según el Código CNAE:

  • Grupo B: Industrias extractivas.
  • Grupo C: Industria manufacturera.
  • Grupo D: Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado.
  • Grupo E: Suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación.
  • Grupo F: Construcción.

Exigencias de la ley de vasca de Sostenibilidad Energética

En cuanto a las exigencias a llevar a cabo en el sector industrial podemos distinguir entre auditorías energéticas, sistemas de gestión energética, planes de movilidad, certificación energética de edificios y eliminación de hidrocarburos líquidos.

Como empresa  de servicios energéticos acreditada podemos realizar las siguientes actividades relacionadas con el cumplimiento de la Ley de Sostenibilidad;

1.    Implantación sistemas de gestión basado en UNE-EN ISO 50001.

2.    Auditorías Energéticas UNE EN 16247

3.    Sistemas de monitorización de consumos.

4.    Gestión energético externo

5.    Instalación puntos de recarga vehículo eléctrico.

6.    Estudio, justificación  y cambio a iluminación a LED.


Pidenos presupuesto sin compromiso aqui o llámanos al + 34 692 52 86 97

Inscrita en el Listado de Proveedores de Servicios Energéticos que contempla el RD 56/2016 de 12 de febrero, conforme a los requisitos
que dicho Real Decreto establece en su artículo 7. Puede comprobarse en la siguiente dirección electronica: Aquí


Cambios tarifas eléctricas 6.x., derivados de la propuesta CNMC

En el post anterior ya se mostró la estructura tarifaria y aun no se conoce el importe de los peajes. Hasta el 16/09 se abre un período de alegaciones y la propuesta podría cambiar, pero se prevé su entrada en vigor el 01/01/2020.


TARIFA 6.1


Actual : Tarifa de alta tensión, conectada entre 1 y 30 kV. Tienen 6 periodos en potencia y energía y debe tener una potencia contratada en algún periodo superior a 450 kW.

Las modificaciones son:

Esta tarifa pasa a llamarse 6.1TD.

· Mantiene los niveles de tensión anterior y el número de periodos energía y potencia (6).
· Elimina la limitación de que una de las potencias sea mayor de 450.
· La periodificación cambia.
· El cálculo de los excesos se mantiene en la forma, han variado algún coeficiente y queda pendiente definir alguno más.
· El exceso de reactiva, se mantiene en la forma (hasta 33% de la activa permitida y eliminando penalización en P6).

TARIFA 6.2, 6.3 Y 6.4

           Actual : Tarifas de alta tensión conectadas entre 30 y 145 kV con seis periodos de  potencia y energía.

           Las modificaciones son:

                       · Van a migrar a tarifas 6.2TD, 6.3TD y 6.4TD respectivamente.
                       · Tendrán cambios en periodificación, que ahora se unifica para todas las tarifas.

Mas información aquí.

DESTACADA

Calculo de la Huella de Carbono Corporativa HCC