Traducir página

Mostrando entradas con la etiqueta Inspecciones. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Inspecciones. Mostrar todas las entradas

INSPECCION REGLAMENTARIA OFICIAL DE INSTALACIONES TERMICAS

 

 Ofrecemos servicio de inspección reglamentaria de instalaciones térmicas.

Inspecciones Reglamentarias (RITE)

 

Estas inspecciones son realizadas por organismos de control autorizados ó técnicos homologados independientes.

Según el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), las revisiones deben realizarse con la siguiente periodicidad:

1. Inspecciones de Eficiencia Energética:

  • Potencia superior a 70 kW: Cada 5 años.
  • Potencia igual o inferior a 70 kW: Inspección no obligatoria, pero mantenimiento regular requerido.

2. Revisión Reglamentaria:

  • Instalaciones menores o iguales a 70 kW: cada 2-4 años.
  • Instalaciones superiores a 70 kW: anualmente

Las inspecciones de eficiencia energética para instalaciones térmicas de potencia superior a 70 kW se hicieron obligatorias con la entrada en vigor del RITE de 2007, y han sido una parte integral de la normativa desde entonces.

3. Sistemas de climatización y refrigeración

  • Potencia térmica superior a 12 kW:
    • Inspección de eficiencia energética cada 5 años.
  • Sistemas de más de 70 kW:
    • Mantenimiento anual e inspección de eficiencia energética cada 5 años.

4. Comunidades de vecinos con instalaciones centralizadas:

  • Revisión anual de calderas centrales y cada 5 años la inspección de eficiencia energética.
  • Medición de consumo individual obligatoria para calefacción central


DESTACADA

Calculo de la Huella de Carbono Corporativa HCC